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Derecho Civil02 / 06

Conflictos por contratos,inmuebles y herencias

Reclamamos lo que le corresponde y prevenimos el litigio cuando todavía se puede evitar.

Esta página es para usted siPara quien tiene un conflicto patrimonial —un contrato incumplido, una herencia sin resolver, un inquilino que no paga, una escritura con problemas— y necesita saber si conviene demandar, negociar o regularizar.

En materia civil se decide quién se queda con qué. Un contrato ambiguo, una firma que faltó o una posesión que nadie regularizó terminan convertidos en años de juicio y en bienes que no se pueden vender. Revisamos primero si el asunto se resuelve por acuerdo o por trámite, y solo litigamos cuando esa es la ruta que realmente le conviene.

Asuntos civiles que atendemos

Cubrimos tanto la parte preventiva —redactar y revisar antes de firmar— como la contenciosa cuando el conflicto ya existe.

  • 01Incumplimiento de contrato y rescisión
  • 02Juicios sucesorios testamentarios e intestamentarios
  • 03Testamentos y planeación patrimonial
  • 04Compraventa de inmuebles y escrituración
  • 05Arrendamiento: rentas vencidas, desocupación y depósitos
  • 06Prescripción positiva (usucapión) y regularización de la propiedad
  • 07Copropiedad y división de bienes
  • 08Responsabilidad civil y reclamación de daños
  • 09Otorgamiento y cancelación de garantías

Herencias: la diferencia entre la vía notarial y el juicio

Cuando existe testamento, todos los herederos son mayores de edad y hay acuerdo, la sucesión puede tramitarse ante notario, que es la vía más rápida. Si falta el testamento, hay menores involucrados o existe desacuerdo entre herederos, el asunto pasa forzosamente al juzgado.

En ambos casos la sucesión atraviesa las mismas etapas: reconocimiento de herederos, inventario y avalúo, y adjudicación. Mientras no se cierre esa última etapa, el inmueble no se puede vender ni hipotecar legalmente.

Antes de firmar cualquier contrato

Estas son las revisiones que en la práctica evitan la mayoría de los litigios que llegan a nuestro despacho:

  • 01Que quien firma tenga facultades acreditadas (poder notarial vigente, acta constitutiva)
  • 02Que el objeto, precio, plazos y forma de pago estén descritos sin ambigüedad
  • 03Que exista una cláusula de penalización y una de terminación anticipada
  • 04Que se pacte con claridad tribunal competente y forma de notificación
  • 05Que el inmueble esté libre de gravamen y al corriente en predial y servicios

Vía notarial o vía judicial en una sucesión

SituaciónVía que procedePor qué
Hay testamento, herederos mayores y de acuerdoNotarialEs la ruta más rápida y evita el juzgado.
No hay testamento pero todos están de acuerdoNotarial (intestamentaria ante notario)Requiere que todos los herederos comparezcan y acepten.
Hay herederos menores de edadJudicialInterviene la representación del menor.
Hay desacuerdo o herederos que no aparecenJudicialSolo un juez puede resolver la controversia.

Los supuestos concretos dependen de la legislación aplicable y del criterio del notario o juzgado. Se confirma caso por caso.

Señales de que necesita un abogado en esta materia

  • 01Firmó un contrato y la otra parte no cumplió
  • 02Heredó un inmueble pero no puede venderlo porque no está escriturado a su nombre
  • 03Su inquilino dejó de pagar y no desocupa
  • 04Va a comprar una propiedad y el vendedor no puede mostrar escrituras limpias
  • 05Vive en un inmueble desde hace años sin documento que acredite la propiedad
Balanza de la justicia y mazo sobre un escritorio de madera junto a expedientes

¿Le sirve a alguien más?

Preguntas frecuentes04 entradas

Preguntas sobre derecho civil

Depende del tipo de acción y del ordenamiento aplicable: los plazos de prescripción varían según se trate de una deuda, un arrendamiento, una responsabilidad por daños u otra figura. Es la primera cosa que revisamos, porque si el plazo venció, el derecho ya no puede exigirse judicialmente aunque el reclamo sea justo.

No mientras la sucesión no esté concluida y el inmueble adjudicado y escriturado a nombre de los herederos. Vender antes de eso genera operaciones que después no pueden inscribirse en el Registro Público de la Propiedad.

Es el procedimiento para convertir en propiedad una posesión prolongada, cuando se cumplen los requisitos de tiempo, buena fe, posesión pública, pacífica y continua, y con causa que la justifique. Se tramita ante juez y termina con una sentencia que se inscribe en el Registro Público.

Se decide comparando tres cosas: la fuerza de la prueba que tiene, el tiempo que el juicio va a tomar y la solvencia real de la contraparte. Ganar una sentencia contra alguien insolvente rara vez resuelve el problema. Ese análisis se hace en la asesoría inicial, antes de comprometer honorarios de litigio.

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Hablemos de su caso de derecho civil

La asesoría inicial dura lo necesario para que salga con un diagnóstico claro: qué procede, en qué plazo y con qué costo.

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